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Censo de Agencia Tributaria
la agencia tributaria DISPONE DE TUS VALORES PUESTOS DE MANIFIESTO - DECLARACIONES.

I. DISPOSICIONES GENERALESMINISTERIO DE HACIENDA 1201

Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020.

https://www.boe.es/eli/es/res/2020/01/21/(1)

II. Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude
1. Censo: El censo es la base de la información de la Agencia Tributaria para la asistencia, la prevención y el control tanto intensivo como extensivo.

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Destacar que todas estas medidas afectan no solo a sociedades mercantiles sino también a otras formas jurídicas.

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Tales medidas, que la Agencia Tributaria ha venido empleando en el pasado, van a ser continuadas durante el ejercicio 2020. Con ello se pretende asegurar una adecuada depuración de los censos, de forma que solo aquellas sociedades que realmente intervengan en el ámbito comercial o económico mantengan su plena vida jurídico-fiscal.

¿Son los datos económicos parte del censo?

Es un hecho que los datos personales que declaramos los contribuyente se inician con el "alta en el censo" modelo 036 de la Agencia Tributaria, con los datos de contacto y el número de identificación en CENSO.

LOS DATOS de "alta" en censo y los aportados posteriormente

La pregunta es, ¿los datos que el contribuyente aporta el resto de su vida son parte del censo asociado a dicho numerito también censado el día de alta en censo?

El texto no quiere decirlo claramente para recaudar tributación en doble y múltiple imposición, pero no lo discrimina ni limita (el engaño está servido).

En armonía con el criterio europeo, para evitar la doble tributación impositiva prohibida, solo puede interpretarse que así es, entendiendo que son valores declarados e introducidos como parte de la base (de datos) de la información para comprobación en fecha de siguiente declaración, que permitirá el control tanto intensivo como extensivo a nueva declaración, permitiendo saber si se pone de manifiesto una capacidad económica diferente "igual, superior o inferior" a la ya manifestada y censada con finalidad de control por parte de la Agencia Tributaria.

El control de la Agencia Tributaria no se limita a los datos que se aportan con la declaración de "alta en el censo", que también, sino que el censo es extensivo a los datos económicos posteriores, declarados y por ello se introducen los valores del capital declarado junto con el gravamen tributario que les corresponda en función de su naturaleza, procedencia y atendiendo a la prexistencia, de capital o valor añadido.

Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-28141

Artículo 12. Cargas deducibles.
Del valor real de los bienes, únicamente serán deducibles las cargas o gravámenes de naturaleza perpetua, temporal o redimibles que aparezcan directamente establecidos sobre los mismos y disminuyan realmente su capital o valor, como los censos y las pensiones, sin que merezcan tal consideración las cargas que constituyan obligación personal del adquirente ni las que, como las hipotecas y las prendas, no suponen disminución del valor de lo transmitido, sin perjuicio, en su caso, de que las deudas que garanticen puedan ser deducidas si concurren los requisitos establecidos en el artículo siguiente.

¿Los valores declarados forman parte del censo de la Agencia Tributaria?

Es obligado interpretar que SI, forman parte del control tanto intensivo como extensivo y permite justificar el Impuesto sobre SUCESIONES en armonía con la legislación Europea que impide la doble tributación a valores ya gravados por renta o patrimonio del difunto, presentes en el censo y se permite deducir.

¿SEGUIMOS EN EUROPA?

Si entendemos que la pertenencia a Europa prohibe la doble tributación y por ello la libre circulación de capital depositado en; cta. de bancos, divisas, inmobiliario o valores regulados y declarados, debemos interpretar que el Censo de la Agencia tributaria es extensivo a los valores declarados como base de la información aportada por todos y cada uno de los contribuyentes, declarando dichos valores año tras año para la prevención del fraude, ES OBLIGADO, interpretar que los valores declarados son censados, tras introducirlo en el censo de la Agencia Tributaria.

Es una pena que La Agencia Tributaria sea el mayor estafador y manipulador del estado Español.



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