En plena crisis de COVID/19 el gobierno Catalán decidió modificar el Impuesto de SUCESIONES y DONACIONES, reduciendo las deducciones, que no deben preocupar al contribuyente que ha declarado sus valores en tiempo y forma (Imp. Patrimonio).
La asociación de Cataluña colabora con la FEDERACIÓN NACIONAL CONTRA EL IMPUESTO DE SUCESIONES (FENCIS), en los puntos coincidentes.
La Asociación orienta para declarar correctamente el Impuesto de Sucesiones en Cataluña, difundiendo la correcta aplicación de los tributos "mortis Causa" vinculados a deudas tributaria pendientes de liquidación del contribuyente difunto.
Somos una asociación sin ánimo de lucro a la que toda persona (física o jurídica) interesada puede asociarse.
Los "expertos" fiscalistas, aplican las "interpretaciones" que emanan de la Agencia Tributaria, en confianza de su procedencia, demostradas inorrectas tras múltiples sentencias incluso del Tribunal Constitucional.
En esta web encontrarás ayuda para rebatir las "interpretaciones interesadas de Hacienda" para recudar, en contradicción a la legislación Española, aprovechándose del desconocimiento de las leyes. de los herederos.
La confiscación de los ahorros del difunto ya la ha parado el Tribunal Constitucional tras "6" (seis) sentencias del alto tribunal contra las "plusvalías municipales" (IIVTNU) indicándoles que han de demostrar una capacidad económica que esté pendiente de gravamen tributario (incremento de valor patrimonial).
El conocimiento de los herederos perme evitar la confiscación de quien no puede defender su honorabilidad, el difunto, tras pagar sus impuestos que aplicaron reiteradamente a su capital en propiedad (saldos en cuentas, inmuebles o acciones) ahorrado tras la declaración de rentas o incrementos de patrimonio declarados ante Hacienda (puestos de manifiesto).
Declara bien el Impuesto de Sucesiones.